

Por: Rubén Ciani
Esta vigente hasta el mes de junio próximo la baja temporal de las retenciones al campo, reglamentada por el gobierno nacional.
La medida surge de la presión política de los gobernadores pampeanos y la “mesa de enlace”, para recuperar los márgenes de la producción de granos. La reducción de retenciones, actúa como una devaluación y teóricamente eleva los precios del productor.
También se concreta a instancias de las necesidades del gobierno de mantener las reservas y el precio del dólar en sintonía con el carry trade, instrumento esencial del objetivo del ideario libertario de apertura económica y competitividad de mercado.
Sin embargo, por el momento de su anuncio, la temporalidad de su aplicación y los condicionantes en su reglamentación; la medida no implicaría un incremento de las exportaciones del campo y lo más trascendente, no asegura un redito final para los productores. Si se produce un “cuello de botella” en las ventas de los productores durante el semestre de baja, es probable que afecte negativamente a los precios, descontado el beneficio que se pretende obtener.
Por el lado del gobierno, se busca anticipar la liquidación de dólares del campo con el objeto de engrosar las reservas del BCRA y fortalecer su posición en las negociaciones con el FMI. La instrumentación pone el peso mayor del ingreso de dólares en los exportadores, esperando una fuerte anticipación en su liquidación en el BCRA. Pero esta anticipación enfrenta limitantes financieros y logísticos, que se deben evaluar en la medida que transcurra el periodo de aplicación
El Decreto de reglamentación Nº 38/2025, condiciona el acceso a la reducción de retenciones (técnicamente a la baja temporal de las alícuotas de los Derechos de Exportación), a la liquidación del 95% de las divisas de la operación en un lapso no mayor de 15 días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o post-financiación externa. Esta DJVE, es un registro obligatorio que deben hacer los exportadores de granos y derivados, por el cual dejan establecidas las retenciones aplicables a su exportación
Esto determina que: a) La obligación es el registro, no la exportación antes de junio. Las DJVE pueden realizarse para embarques a concretar en los 360 días posteriores a su registro (léase, se pueden adelantar hasta un año), b) El registro no implica tener vendida al exterior ni comprada en el mercado interno la mercadería a exportar, siendo el objetivo de la medida solo el movimiento de divisas.
También se eliminaron las retenciones correspondientes a los productos regionales, medida que solo tendría un impacto político, ya que las mismas se habían reducido a cero en la mayoría de los productos con la administración Fernández /Massa.
Por último, es imprescindible señalar que esta medida tiene un costo para los sectores populares, tanto en términos de inflación como en servicios recibidos. Se podrían evitar si hay una visión integral de la política económica, óptica que no se esta aplicando en esta oportunidad, ya que tanto el gobierno nacional como los provinciales se concentran en intereses sectoriales
Con el objeto de explicitar alguna de las afirmaciones señaladas, se analiza brevemente a continuación el impacto de la medida en relación a diferentes variables económicas. Se destaca que el análisis es solamente en relación a la medida, por lo tanto, no incluye movimientos en el mercado internacional, como clima en Brasil y Estados Unidos, variación de comercio China, etc.; variables que pueden alterar por si mismas los precios y flujos comerciales en Argentina.
Volumen y Valor de Exportaciones:
Como fue señalado, el momento de la definición de la medida y su aplicación temporaria, restringe la posibilidad de un cambio en el volumen a exportación. A fines de enero, la cosecha de granos en Argentina, ésta sembrada en no menos del 95% del total de la superficie prevista. La cosecha, ya finalizada la denominada “fina“(trigo y cebada), tiene un avance del 25% sobre el total sembrado y del 20 % de la producción esperada .
La época del año en la cual se aplica la reducción, no permite ampliar las siembras, ni variar el paquete tecnológico al aplicar a los cultivos. Es decir, no habría margen para ningún efecto que aliente una mayor producción y permita un aumento del volumen de exportaciones
Por el lado del valor exportable, la temporalidad impactaría negativamente sobre los precios mundiales de nuestros granos y derivados. Argentina aporta el 20% de las exportaciones mundiales de maíz, y del complejo soja; por lo cual, cualquier incremento coyuntural de su oferta afectaría los niveles de precios en los mercados mundiales.
Este incremento de la oferta no estaría asociado a mayor producción, sino a que los productores argentinos tenderían a vender más rápido su cosecha con el objeto de capturar la ventaja arancelaria. Ese adelantamiento de ventas genera un aumento de la oferta mundial por encima del nivel que reflejaban previamente los precios en el mercado.
En este orden, los precios futuros en los mercados de Chicago y Kansas, presentaron una tendencia negativa en la primera jornada de reducción arancelaria en Argentina. Los operadores asociaron parte de esta tendencia a los efectos de los anuncios del gobierno argentino. La baja en el primer día de la entrada en vigencia de la nueva estructura de retenciones, cuando aun no hubo efecto sobre la oferta, osciló entre el 1% y 1.5% según el commoditty.
En suma, el volumen de exportación de granos derivados no registraría ninguna variación relevante como consecuencia del nuevo esquema de retenciones. El clima sigue siendo el principal factor para la producción de soja, maíz, girasol y sorgo, granos cuya cosecha esta pendiente.
Asimismo, la baja temporal en las retenciones en el mejor de los casos no debería aumentar los precios de exportación argentina, siendo altamente probable un efecto negativo sobre los mismos.
Con menor producción por la sequia y menores precios inducidos por la oferta local, es probable que el valor de exportaciones de granos y derivados sea inferior a la que el gobierno viene calculando. En el último trimestre de 2024, las previsiones de ingreso de dólares de la cosecha se acercaban a los 33 mil millones de dólares, en tanto que bajo las condiciones actuales podríamos estar viéndolos en un umbral máximo de los 30.0 millones, con chances de perforarlo.
Recaudación Fiscal e Ingreso de divisas
Ambas variables dependerán de cuanto volumen registren en forma anticipada los exportadores que accedan al beneficio de la reducción de las retenciones. Esto también estará vinculado también a como dosifiquen sus ventas los productores locales, ya que tienen seis meses para tomar decisión. Cabe destacar que, en condiciones normales de comercialización, léase sin esquema temporario de retenciones, los exportadores ingresan divisas a medida que los productores le venden grano.
En este esquema temporal, el mayor incentivo que encuentran los exportadores es fijar el costo arancelario de sus operaciones a embarcar después del mes de junio. En este orden es importante señalar las cuestiones operativas del sistema de registro de DJVE: a) Los exportadores pueden registrar operaciones como DJVE con un plazo de 360 días para concretar el embarque, b) Las DJVE registradas durante el semestre temporal, mantendrían la baja de retenciones independientemente de la fecha de embarque, siempre que no exceda los 360 días, c) Los exportadores están obligados a ingresar el 95% de las divisas comprometidas en la DJVE, en los quince días siguientes a su registro.
Ciertamente, existe para los exportadores punto de equilibrio entre registros y compraventas asociado al riesgo del negocio (técnicamente cuanto pueden estar los exportadores long o short de mercadería). Las limitantes las encontramos en primer lugar en el costo financiero de ingresar divisas anticipadamente; asociado a la financiación y al riesgo. Además, en la alternativa de realizarse la compraventa, las condiciones de logística también inciden. En relación a esta último son determinantes la capacidad de almacenaje, que con silo bolsa es muy amplia, y la industrialización de oleaginosos, que extiende durante todo el año calendario y comprende cerca del 40% de la producción total de granos.
En el siguiente cuadro se muestra la liquidación trimestral de divisas observada en el periodo 2018/2024 (eliminado los años 2022 por alta retención y 2023 por sequia), como porcentaje del total anual.
Los porcentajes trimestrales muestran cierta estabilidad a lo largo del periodo observado y una baja estacionalidad, con mayor concentración de ingresos en el segundo y tercer trimestre. El primer trimestre se encuentra influenciado por el volumen de cosecha de trigo y el cuarto trimestre (salvo 2018, con baja producción) por la composición de cosecha gruesa (menor porcentaje: más maíz y menos soja). La estructura de la canasta de granos de la producción 2024/25 (2025), con una cosecha récord de trigo y mayor participación de maíz, se muestra compatible con una distribución porcentual cercana al año 2021.
Para trazar una estimación de ingreso de divisas en semestre de baja de retenciones, una alternativa consistente seria mantener la estacionalidad del año 2021 y ajustar en análisis a los supuestos de: 1) Se liquida en el cuarto trimestre solo el 22% del total (similar 2021): 2) En enero- junio los exportadores solo anticipan las compras del tercer trimestre, 3) El valor de exportaciones total se proyecta en 30 mil millones para la campaña 2024/25.
El resultado, considerando 1 y 2 y deduciendo lo liquidado previamente a la medida, es un porcentaje del 70% del valor exportado total o alrededor de 20 mil millones de dólares., de los cuales ingresarían a las reservas 16.0 mil millones luego de reducir el 20% que los exportadores pueden liquidar por el dólar financiero CCL (dólar blend)
Dicha cifra supera en 7.2 mil millones de dólares al valor liquidado en igual semestre del año 2024. A modo de referencia, la sobre liquidación que provocaría la medida, según esta rápida simulación, se ubica un 10% por encima del liquidado en septiembre de 2022, con el dólar soja de Massa, con la diferencia que en este caso sería en seis meses. Estos datos, reflejan un resultado relevante, pero claramente por debajo de las cifras que el gobierno intenta negociar para un nuevo crédito del FMI, las que podemos tomar como referencia de sus necesidades de divisas y que se ubican el orden 12 mil millones de dólares
El costo fiscal de la medida se puede calcular en un máximo teórico de 1500/1600 millones de dólares, cifra que representa el 0.23% del PBI proyectado para 2025. Este surge del valor de exportaciones de 30 mil millones anuales, deducido lo liquidado previamente a su implementación. Este porcentaje se califica como tope máximo, ya que supone que toda la cosecha se liquidaría en el periodo de enero- junio.
Si nos ubicamos en la simulación de ingreso de divisas previamente presentado, dicho valor se reduciría a 1200 millones de dólares o el 0.18% del PBI. Los valores parecen no muy relevantes en términos absolutos. Pero, como porcentaje del PBI, el costo para el gobierno es algo mas de la mitad del superávit fiscal financiero del 2024. El impacto en el resultado fiscal tiende a ser más negativo, si contabilizamos que en 2024 el ahora eliminado impuesto PAIS aportó al fisco el 1.1% del PBI.
Este costo fiscal no sería una restricción para el gobierno libertario, tal cual señaló en la presentación del presupuesto “el superávit fiscal no se negocia”. Para ello, solo necesitaría la aplicación de la ley bases y el apoyo de los políticos colaboracionistas.
Precios a los productores.
La mesa de enlace y los gobernadores pampeanos solicitaron una reducción de retenciones, con el objetivo presente de incrementar los márgenes de la cosecha, muy disminuidos por menores precios en el mercado mundial y reducción de rendimientos por la sequía.
Las primeras declaraciones de los productores, es que los porcentajes de reducción de retenciones “saben a poco”. Sin embargo, sus dirigentes lo consideran como una señal en la senda de eliminar las retenciones. El dilema es que lo poco conseguido no sea alcanzado.
Una primera medición de aumento de precios al productor que implica esta reducción arancelaria, es la reducción relativa de las retenciones que nos daría un aumento teórico para las cotizaciones. Por ejemplo, en el caso de soja la baja de retenciones es del 7%, sin cambios en el valor del dólar, los precios deberían sumar dicho porcentaje. Para el resto de los granos, el techo teórico de crecimiento se ubica en solo el 2.5%
Sin embargo, existen diferentes condicionantes que pueden determinar un incremento de precios inferior a la medición teórica;
a) Las retenciones se liquidan al dólar oficial, por debajo del dólar blend. Esta situación ubicaría el retorno efectivo de la medida para los productores por debajo de la reducción porcentual de la retención (en soja alrededor de medio punto porcentual).
b) La liquidación adelantada de divisas por parte de los exportadores, también incidirá en el efecto final a partir del mayor costo financiero y el costo de riesgo que determina una operatoria de mayor plazo.
c) El incremento en la liquidación de divisas de los exportadores podría resultar en un baja de dólar financiero CCL, por donde se canalizarían el 20% del valor de cada operación registrada con DJVE. Esta baja impactaría negativamente en el precio en pesos recibido por el productor, al reducir el valor del dólar blend que ellos reciben.
d) Un factor que determinaría el aumento de los precios recibidos por el productor, es cuanto de la baja de retenciones transferirían los exportadores al precio de compra que reciben aquellos. Esto dependerá del libre juego de la oferta y la demanda.
Con respecto a esta definición del precio en el mercado, debemos tener en cuenta que en un marco de temporalidad se agudizan las especulaciones enfrentadas entre exportadores y productores. Para los exportadores la situación óptima es registrar en enero-junio, cuando con una retención reducida los precios a pagar a los productores deberían aumentar (ese es el objetivo de la medida) y comprar en julio- diciembre, cuando vuelvan a subirse las retenciones y en consecuencia bajen los internos en baja. Para los productores el óptimo es inverso; vender todo con menores retenciones y acceder al total de la mejora en el precio.
Claramente, el mercado enfrenta decenas de exportadores con decenas de miles de productores. Si bien es cierto que los productores en Argentina, han mostrado en los últimos años una alta capacidad financiera y logística de retención, la competencia perfecta enfrentaría un alto desafío con el alto nivel de concentración de la oferta.
Precios a los consumidores
La medida también tiene efectos sobre los precios de los alimentos en el mercado doméstico. En la práctica es una devaluación del tipo de cambio efectivo (precio del dólar menos retenciones), es decir del valor del dólar incorporado a los precios internos de las cadenas agroalimentarias.
Estas cadenas, considerando todas las agroindustrias pampeanas beneficiadas por la medida, son las farináceas, lácteas, cárnicas y aceites, base de la dieta de los argentinos. Considerandos los productos incluidos en la Canasta Básica de Alimentos (CBA), el efecto devaluatorio alcanzaría a alrededor de la mitad de los productos.
Las usuales especulaciones de un bajo impacto de precios, manifiestan que la mayor baja de retenciones se aplica a soja, producto que tendría un bajo impacto en los precios de los alimentos.
Esta afirmación es falsa, ya que se destinan anualmente cinco millones de toneladas de grano, aceite y harina de soja como insumo de las cadenas alimentarias. Esta cifra no es menor y alcanza al 10% de la producción de soja. El grano de soja y sus derivados, son insumo en productos como las carnes, de galletitas, aceites refinados, margarinas, etc.
Por lo tanto, la medida tendría impacto en la inflación y en el nivel de vida de la población. A esto debemos adicionar que los ajustes del gasto, siguiendo la evidencia observada en 2024, caerán sobre aquellos sectores populares que no son “gente de bien”.
Es decir, la medida no es neutra para la población. Estructurar una reducción de retenciones antes de la siembra, quizás hubiera generado externalidades positivas que compensen los costos de los sectores populares. En esta época del año, las posibilidades son escasas.
Lic Rubén A Ciani
Consultor económico especializado en el mercado de commodities agropecuarios.