miércoles 25 de junio de 2025 - Edición Nº891

Actualidad | 14 feb 2025

La primera en adherir

La obra social de los trabajadores rurales restringe las intervenciones de adecuación de género en menores

OSPRERA informó que restringe las intervenciones médicas de adecuación de género en menores. Sin embargo, los casos en marcha serán evaluados por el cuerpo médico para analizar los criterios caso por caso.


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El gobierno de Javier Milei a través de un DNU estableció que los menores de 18 años no podrán acceder a tratamientos hormonales ni cirugías de cambio de género. Según se explicó, la medida busca proteger la integridad física y emocional de los menores. El objetivo es evitar decisiones irreversibles sin plena madurez.

En este marco, la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA) informó su adhesión al Decreto 62/2025. La medida adoptada por el gobierno nacional se fundamenta en la protección de la integridad física y emocional de los menores de edad, priorizando el interés superior del niño. El Estado busca garantizar que decisiones irreversibles sobre el cuerpo de los menores sean tomadas con plena madurez y consentimiento informado.

La hormonización de menores puede tener consecuencias irreversibles y graves para su salud y bienestar. Por lo tanto, OSPRERA se compromete a garantizar que sus servicios de atención médica sean proporcionados de manera que prioricen el interés superior del niño y respeten su derecho a una infancia y una adolescencia libres de intervenciones médicas innecesarias y potencialmente dañinas.

Esto es especialmente importante considerando que los menores no tienen la madurez emocional y cognitiva para comprender completamente los riesgos y consecuencias registrados a largo plazo con estas prácticas.

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