jueves 04 de septiembre de 2025 - Edición Nº962

Ganadería | 4 sep 2025

Fallo

La Justicia suspendió el ingreso de asado con hueso a la Patagonia

16:34 |El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar que pedía suspender la resolución del Gobierno nacional.


TAGS: SENASA, ASADO

El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar y frenó por 30 días la aplicación de la Resolución 460/2025 del Gobierno nacional, que autorizaba el ingreso de carne con hueso y material genético desde zonas libres de fiebre aftosa con vacunación.

El fallo, firmado por la jueza federal Mariel Borruto, resolvió suspender los efectos de la medida sanitaria dispuesta por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), al considerar que podría c omprometer el estatus internacional de la Patagonia como región libre de fiebre aftosa sin vacunación, reconocido tras décadas de esfuerzos público-privados.

La Asociación Rural de Tierra del Fuego, que impulsó la acción de amparo, argumentó que la resolución generaba un riesgo “grave e inmediato” de pérdida del reconocimiento internacional, lo que traería consecuencias económicas, sanitarias y ambientales: cierre de mercados, caída de contratos, pérdida de empleos y afectación de la biodiversidad regional.

La medida anunciada por el Gobierno a fines de junio representa un cambio parcial respecto a la normativa vigente desde hace 22 años. Permitía, en concreto, únicamente el traslado de cortes con huesos planos, como el asado y el costillar, bajo estrictas condiciones sanitarias y de trazabilidad.

La resolución afecta a productores, transportistas y comercializadores de productos de origen animal en todo el país, especialmente a quienes operan entre las distintas zonas sanitarias reconocidas por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

La decisión modifica una prohibición establecida en 2002, año en que la Patagonia fue declarada zona libre de fiebre aftosa sin vacunación. Desde entonces, el ingreso de carne con hueso desde el norte de la región, incluso desde provincias con vacunación regular y reconocimiento internacional por su estatus sanitario, permanecía vedado. El nuevo esquema, sin embargo, no implicaba un levantamiento general de la llamada “barrera sanitaria”, sino que constituye una excepción puntual basada en criterios técnicos y sanitarios.

 

El fallo que grena la decisión del Senasa

En la causa se incorporó un hecho clave: el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile suspendió el reconocimiento del estatus sanitario patagónico tras la entrada en vigencia de la resolución del Senasa, lo que impactó directamente en las exportaciones hacia ese país. También la Unión Europea advirtió sobre la posibilidad de realizar auditorías de control.

Si bien el Senasa defendió la medida asegurando que no implicaba riesgos y que buscaba “armonizar la normativa nacional con los estándares internacionales”, la magistrada entendió que los fundamentos eran insuficientes y que no se habían contemplado las particularidades de la provincia de Tierra del Fuego, cuya insularidad implica atravesar controles en territorio chileno. La cautelar estará vigente por 30 días, plazo durante el cual la Asociación Rural deberá presentar una caución real de 5 millones de pesos. (DIB)

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