La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de Argentina oficializaron la inclusión de once especies de flores comestibles y de la raíz de maca (Lepidium meyenii Walp) en el Código Alimentario Argentino (CAA).
Esta medida, concretada mediante las Resoluciones Conjuntas 1/2025 y 2/2025, busca ampliar la diversidad de ingredientes vegetales seguros y promover la innovación responsable en la industria alimentaria.
Flores Comestibles: De la Tradición a la Mesa Moderna
La Resolución Conjunta 1/2025 modifica el Artículo 822 del CAA para incorporar 11 especies florales. Estas flores podrán ser comercializadas en formatos frescos, desecados o como condimento:
-Caléndula
-Zapallo o Calabaza
-Diente de León (foto)
-Azahar (de naranjo, limón y cidro)
-Jazmín
-Lavanda
-Manzanilla
-Hibisco
-Rosa
-Rosa Mosqueta
-Taco de Reina o Capuchina
Su inclusión responde a la creciente tendencia gastronómica y reconoce su valor estético, aromático y nutricional, así como la antigua tradición de consumo en diversas culturas, incluyendo comunidades originarias del sur argentino.
La Maca: Regulación para el “Superalimento” Andino
Por su parte, la Resolución Conjunta 2/2025 incorpora la maca bajo el título “Raíces y tubérculos”. La normativa fue impulsada con antecedentes técnicos de las Normas Peruanas y establece un marco regulatorio para:
-Harina tostada de maca: Producto obtenido de la raíz deshidratada y molida.
-Harina gelatinizada de maca: Producto sometido a un proceso de extrusión, destinado a su uso en suplementos dietarios, con una ingesta máxima de 1,5 gramos por día.
Ambos productos deberán cumplir con rigurosos criterios microbiológicos y límites de contaminantes, garantizando su inocuidad y calidad para el consumo.
Innovación, Desarrollo y Armonización Internacional
Tanto la Anmat como la Secretaría de Agricultura subrayaron que estas incorporaciones fortalecen el compromiso de Argentina con una alimentación más diversa y segura. Además, contribuyen a la armonización de la legislación nacional con los estándares internacionales. Destacaron que el cultivo de estas especies representa alternativas productivas con valor agregado que pueden impulsar las economías regionales y generar oportunidades en comunidades rurales. (NAP)